La Audiencia Provincial de Madrid ha ratificado la sentencia absolutoria que ya emitió en mayo de 2018 para Ginés Jiménez, ex jefe de la Policía Local de Coslada por el llamado “caso Bloque” o “caso Coslada”.
Según cuenta La Razón, el presidente de la Sección 17 de este órgano judicial, José Luis Sánchez Trujillano , ha notificado esta medida a las partes después de que el pasado mes de febrero el Tribunal Supremo ordenara dictar una nueva sentencia teniendo en cuenta dos autos que fueron declarados nulos. Se trata del auto de entrada y registro en el domicilio y el despacho del policía y las intervenciones telefónicas. El tribunal, sin embargo, no aprecia en estas pruebas nada que les haga cambiar de parecer respecto a la absolución del procesado, según recogen en la nueva sentencia, de 93 folios.
Tras una década de instrucción, después de haber sido imputados hasta 40 personas (en 2008 se detuvieron a 26 policías locales), finalmente solo 12 fueron a juicio. La Fiscalía pedía para Ginés Jiménez Buendía, presunto cabecilla de la trama, 23 años de prisión por extorsión, amenazas, cohecho, depósito y tenencia ilícita de armas y blanqueo. Ninguno de los delitos pudieron ser probados durante el juicio oral. Tras la primera absolución, la Fiscalía a pesar de pedir unas penas tan elevadas por delitos tan graves, no quiso recurrir el fallo. Sí lo hizo en casación el Ayuntamiento de Coslada. El ex jefe de Policía de la localidad, ya avanzó a este diario que este recurso solo retrasaría la firmeza de la resolución judicial.
Los dos autos a valorar
Ahora, la misma sección ha dictado sentencia teniendo en cuenta dos autos: el de entrada y registro de su domicilio y su despacho, y el de intervención de las llamadas telefónicas. La sentencia asegura que “el contenido de las intervenciones telefónicas que se nos ha ordenado valorar no sólo no desvirtúa las conclusiones probatorias que alcanzamos en su día y más arriba hemos reproducido valorando la prueba practicada en el plenario, sino que las corrobora”.
Contra la sentencia notificada hoy cabe interponer recurso de casación, si bien la defensa de Jiménez, desarrollada todos estos años por el letrado Oskar Zein, considera que “hay que tener en esta sentencia es el resultado precisamente de un recurso de casación ya interpuesto”.