La Comunidad de Madrid confina Coslada perimetralmente debido a la incidencia acumulada de COVID-19 desde las 00.00 horas del lunes 1 de febrero hasta el 15 del mismo mes.
La Comunidad de Madrid ha anunciado hoy viernes la restricción perimetral de los movimientos en las cinco zonas básicas de salud de Coslada en lo que sería un cierre de todo el municipio. El Gobierno regional revisará esta decisión en función de la evolución de los contagios, tal y como viene haciendo habitualmente.
El anuncio de este viernes, tras su publicación mañana en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, entrará en vigor a las 00.00 horas del lunes 1 de febrero. En términos generales, este cierre perimetral por Zonas Básicas de Salud conllevará las siguientes medidas:
1. Se restringe la entrada y salida de personas, salvo para aquellos desplazamientos, adecuadamente justificados, que se produzcan por alguno de los siguientes motivos:
- Asistencia a centros, servicios y establecimientos sanitarios.
- Cumplimiento de obligaciones laborales, profesionales, empresariales o legales.
- Asistencia a centros universitarios, docentes y educativos, incluidas las escuelas de educación infantil.
- Retorno al lugar de residencia habitual.
- Asistencia y cuidado a mayores, menores, dependientes, personas con discapacidad o personas especialmente vulnerables.
- Para desplazarse a entidades financieras y de seguros.
- Para realizar actuaciones requeridas o urgentes ante los órganos públicos, judiciales o notariales.
- Para realizar renovaciones de permisos y documentación oficial, así como otros trámites administrativos inaplazables.
- Para realizar exámenes o pruebas oficiales inaplazables.
- Por causa de fuerza mayor o situación de necesidad.
- Cualquier otra actividad de análoga naturaleza, debidamente acreditada.
Se permite la circulación de personas residentes dentro de las zonas básicas de salud afectadas, siempre respetando las medidas de protección individual y colectiva establecidas por las autoridades sanitarias competentes, si bien se desaconseja a la población los desplazamientos y realización de actividades no imprescindibles.
Toque de queda
Sigue en vigor el horario de toque de queda a las 22.00 horas, por lo que todos los establecimientos, locales comerciales y servicios abiertos al público, además de no poder superar el cincuenta por ciento del aforo permitido, tendrán como hora de cierre las 21.00 horas.
Del mismo modo, hay que tener en cuenta que los establecimientos de hostelería y restauración deben seguir con el aforo al cincuenta por ciento, tanto en espacios interiores como exteriores, no estando permitido el consumo en barra. Las mesas o agrupaciones de mesas deberán guardar una distancia de, al menos, 1,5 metros respecto a las sillas asignadas a las demás mesas o agrupaciones de mesas y no podrá haber más de cuatro comensales por mesa. Es obligatoria la mascarilla y las puertas y ventanas deben estar abiertas.
Los lugares de culto tienen una restricción de aforo del 30% y las academias, autoescuelas y actividades deportivas de interior del 50%. Si la actividad deportiva es en el exterior, el aforo es del 60%.